Una vez hecho el esfuerzo de levantar la comunidad pesquera, los pescadores pensaron que tenían que proteger sus caladeros que eran su fuente de vida y decidieron controlar las capturas.
Para ello la comunidad pesquera se puso de acuerdo en emplear métodos de pesca con los cuales no se cause un daño irreparable en el pesquero.
La actitud respetuosa con los recursos pesqueros es antigua en las comunidades de pescadores.
Con el auspicio de la Iglesia y asociados en Cofradías o Hermandades, los marineros se sometieron de manera estricta al cumplimiento de las normas y las leyes que éstas Corporaciones emitían. Surgen las Cofradías de Pescadores, origen también de las Cofradías Penitenciales de Semana Santa.
Para ello la comunidad pesquera se puso de acuerdo en emplear métodos de pesca con los cuales no se cause un daño irreparable en el pesquero.
La actitud respetuosa con los recursos pesqueros es antigua en las comunidades de pescadores.
Con el auspicio de la Iglesia y asociados en Cofradías o Hermandades, los marineros se sometieron de manera estricta al cumplimiento de las normas y las leyes que éstas Corporaciones emitían. Surgen las Cofradías de Pescadores, origen también de las Cofradías Penitenciales de Semana Santa.
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REDES ARTESANALES |
Existen documentos del siglo XIV donde los pescadores de San Vicente de la Barquera (Portus Vereasueca de los romanos) en Cantabria ya se asociaban para “regular la actividad de la gente de mar” y hoy vistas desde la distancia, parecen las primeras normativas pesqueras de “carácter ecológico y social” (cuidaban de viudas y huérfanos de marineros ) documentadas en España.
A principios del siglo XVII después de la aventura naval de la “era de los descubrimientos”, se cartografían casi la totalidad de las nuevas tierras conocidas y se crean nuevas rutas marítimas, comerciales y de pesca.
La Revolución Industrial, en la segunda mitad del siglo XVII, aportó dos grandes inventos que provocaron una “revolución” en la construcción naval. Uno fue el de la maquina de vapor ideada por el ingeniero mecánico escoces James Watt, y el otro fue el invento de la hélice por John Ericsson en 1832. Estos dos factores aplicada a la propulsión de los barcos ya a su capacidad de permanencia en el mar derribaron todas las fronteras marítimas.
La sustitución de la vela en los barcos de pesca, por la maquina de vapor primero y después por el motor diésel, así como la sustitución de la nieve por la congelación primero y por la ultra congelación después, unidos a la sobre-explotación de los caladeros nacionales, provocaron la búsqueda de nuevos caladeros en las aguas jurisdiccionales de otros países.
La política desarrollista del gobierno de Franco, legisla la Ley de Renovación Reestructuración de la Flota de 23 de Diciembre de 1961 con la que se promueve y apoya la creación de barcos de pesca nuevos.
Las mareas de pesca (periodo de tiempo que pasa el barco en la mar sin regresar a puerto) pasan de durar de tres semanas a lo sumo, (que es lo que aguanta como máximo la nieve sin derretirse), a dos meses, que es la autonomía media de los barcos con propulsión a gasóleo y con un sistema de conservación de la pesca por congelación.
Históricamente las aguas jurisdiccionales donde los Estados defendían su soberanía costera llegaba a las tres millas náuticas, pero desde el Convenio Europeo de Pesca de Londres de 1964 se reconoció́ el derecho a extender la jurisdicción marítima en materia de pesca hasta el limite de 12 millas.
España estableció́ desde 1977 el concepto de mar territorial, en el que el Estado ejerce su soberanía, en la franja costera delimitada, en el exterior, por la línea de 12 millas contadas a partir de las líneas de base rectas que constituyen el limite interior.
En los años setenta los países ribereños donde faenaban los barcos españoles, extienden unilateralmente, sus aguas jurisdiccionales y los limites de sus plataformas continentales y los países productores se ven obligados a retirar sus flotas.
En la III Conferencia de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, en la Convención de Montego Bay se estableció una Zona Económica Exclusiva (ZEE) de 200 millas contadas desde el limite exterior del mar territorial, donde el Estado ribereño tiene derechos soberanos sobre los recursos pesqueros.
A pesar de lo firmado en los acuerdos de Montego Bay, España ha logrado el acceso de sus buques a los recursos de las ZEE de terceros países.
Para conseguir nuevas zonas de pesca, para barcos más desarrollados tecnológicamente, fueron necesarios los denominados acuerdos pesqueros, con los que se garantizaba el acceso de los buques españoles a los recursos de las ZEE de terceros países.
La política desarrollista del gobierno de Franco, legisla la Ley de Renovación Reestructuración de la Flota de 23 de Diciembre de 1961 con la que se promueve y apoya la creación de barcos de pesca nuevos.
Las mareas de pesca (periodo de tiempo que pasa el barco en la mar sin regresar a puerto) pasan de durar de tres semanas a lo sumo, (que es lo que aguanta como máximo la nieve sin derretirse), a dos meses, que es la autonomía media de los barcos con propulsión a gasóleo y con un sistema de conservación de la pesca por congelación.
Históricamente las aguas jurisdiccionales donde los Estados defendían su soberanía costera llegaba a las tres millas náuticas, pero desde el Convenio Europeo de Pesca de Londres de 1964 se reconoció́ el derecho a extender la jurisdicción marítima en materia de pesca hasta el limite de 12 millas.
España estableció́ desde 1977 el concepto de mar territorial, en el que el Estado ejerce su soberanía, en la franja costera delimitada, en el exterior, por la línea de 12 millas contadas a partir de las líneas de base rectas que constituyen el limite interior.
En los años setenta los países ribereños donde faenaban los barcos españoles, extienden unilateralmente, sus aguas jurisdiccionales y los limites de sus plataformas continentales y los países productores se ven obligados a retirar sus flotas.
En la III Conferencia de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, en la Convención de Montego Bay se estableció una Zona Económica Exclusiva (ZEE) de 200 millas contadas desde el limite exterior del mar territorial, donde el Estado ribereño tiene derechos soberanos sobre los recursos pesqueros.
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PESCADOR SENEGALES |
A pesar de lo firmado en los acuerdos de Montego Bay, España ha logrado el acceso de sus buques a los recursos de las ZEE de terceros países.
Para conseguir nuevas zonas de pesca, para barcos más desarrollados tecnológicamente, fueron necesarios los denominados acuerdos pesqueros, con los que se garantizaba el acceso de los buques españoles a los recursos de las ZEE de terceros países.
La evolución de la búsqueda de nuevos caladeros de pesca permite clasificar los acuerdos pesqueros de la siguiente manera:
1. Acuerdos de primera generación: Acuerdos basados en la cooperación y el desarrollo de los países terceros. Son acuerdos entre una potente empresa armadora, y el gobierno del país del que se requiere su licencia de pesca.
2. Acuerdos de segunda generación: Son aquellos en los que se busca la creación de Sociedades Mixtas y Asociaciones Temporales de pesca entre empresas europeas y de empresas de terceros países para la explotación conjunta de los caladeros.
3. Acuerdos de tercera generación: Los acuerdos de pesca son firmados por la Comunidad Económica Europea y por países extracomunitarios de economía subdesarrollada.
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